Según el artículo 1° de la Ley N° 27908 las
Rondas Campesinas son una forma de organización comunal las cuales permiten, entre
muchas cosas, establecer el diálogo con el Estado y buscar soluciones a
conflictos. Estas rondas se conforman por pobladores rurales quienes se
desenvuelven como productores agropecuarios.
Pero no basta con decir que “son una forma de
organización”, si no cuentan con el amparo del Estado, que como siempre está prometiendo
en actos públicos hacer cambios, reformas, y otras muchas cosas por la porción marginada
de la comunidad, en este caso la peruana; pero entonces hay que esperar hasta
que llegue un órgano internacional que vea y evalúe la gravedad de la brecha
que cada vez separa más a pobres y a ricos, brecha que hace olvidar, cada vez
más rápido, a aquellos que a diario trabajan para alimentar a la élite peruana.
Lo que estas Rondas Campesinas del Perú
afrontan, no es ajeno a nuestro entorno. El gobierno peruano toma decisiones
que a estas comunidades competen, sin previo informe a las Rondas, pero ni el
mero informe basta, pues lo que se debe buscar es conciliar, lograr un acuerdo
entre las partes involucradas. De igual forma, es común ver cómo el Estado
llega a esta zona rural a explotar los recursos que en ella residen, y esto
ocurre debido a que el gobierno no ha velado por garantizarle a la comunidad la
protección de sus derechos de propiedad y posesión.
El alcalde Cristiam Vences Vegas comentó que "últimamente
algunas rondas habían dejado de operar, eso nos preocupo porque estas son
organizaciones importantes para la comunidad, ya que velan por la seguridad de
los pobladores. Ante esta situación se vio necesario reforzar estos grupos y se
creyó conveniente formar estas sub centrales". Pero ¿acaso las Rondas
Campesinas no hacen parte de la comunidad peruana, que son ellas las que tienen
que velar por la seguridad de su comunidad, en vez de ser el mismo gobierno el
cual se ocupe de esta situación?
Se podría considerar entonces una visión
marxista de la situación, pues ésta trata al derecho como un instrumento de
opresión y control el cual se ejerce por parte de las élites, pues es preciso
recordad que hasta antes que la OIT llegara a examinar la situación de esta
comunidad peruana, así se estaba moviendo el gobierno; pero, de igual forma, considero
preciso traer a colación a Julieta Lemaitre pues esta docente logra compaginar la
visión marxista del derecho con la visión liberal del derecho, ésta última
busca posicionar al derecho como una herramienta limitante al proceder violento,
y de ésta forma ver al derecho como un mecanismo de protección a aquellos llamado
débiles. Considero que es preciso tener en cuenta a Lemaitre porque su visión
del derecho nos ayuda a percibir lo que podría llegar a ser el futuro de las
Rondas Campesinas peruanas, como una sociedad menos marginada, respetada, y
mucho más participativa en cuanto respecta a velar por el valer sus derechos.
"Nuestra educación formativa garantiza que "SEAMOS BUENA GENTE PARA LA UNIÓN Y BUEN GOBIERNO DE NUESTROS PUEBLOS". Esto es posible porque el Derecho Consuetudinario defiende lo colectivo, mientras que el Derecho Estatal prefiere lo individual. Es decir, el primero centra su atención en la mano, el segundo centra su atención en el dedo. Esa es la diferencia fundamental entre ambos sistemas normativos"*
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